El anuncio del DANE sobre la inflación de 2025 tiene un impacto directo en los contratos de arrendamiento de vivienda en Colombia. Con el IPC ubicado en 5,10 %, este será el porcentaje máximo que podrán incrementar los arriendos durante 2026, siempre que se cumplan las condiciones legales.
¿Desde cuándo se aplica el aumento?
El incremento del canon de arrendamiento no se realiza de forma automática en enero. La ley establece que el ajuste solo puede aplicarse en el momento de la renovación del contrato, siempre que haya transcurrido un año desde el último ajuste. Cualquier cobro anticipado o superior al IPC es considerado ilegal.
¿Cómo se traduce el 5,10 % en el bolsillo?
El aumento se calcula directamente sobre el valor actual del arriendo. Algunos ejemplos prácticos:
• Arriendo de $1.000.000: incremento máximo de $51.000 – nuevo canon $1.051.000
• Arriendo de $2.000.000: incremento máximo de $102.000 – nuevo canon $2.102.000
• Arriendo de $750.000: incremento máximo de $38.250 – nuevo canon $788.250
Inflación más baja, pero con presiones
Aunque el dato de inflación es considerado positivo frente a años anteriores, expertos advierten que el costo de vida sigue siendo una preocupación para los hogares. Andrés García, decano de Economía de la Universidad del Rosario, explicó que el contexto actual es mejor en comparación con periodos recientes:
“Venimos de años en los que la inflación alcanzó niveles cercanos al 16 %. Frente a eso, un 5 % es un alivio, aunque el incremento del salario mínimo introduce nuevas presiones”.
¿Qué otros pagos subirán en 2026 con el IPC?
Además de los arriendos, el IPC de 2025 impactará varios costos y tarifas en el país:
• Arriendos y cuotas de administración
• Matrículas y pensiones en instituciones educativas privadas
• Seguros y planes de medicina prepagada
• Tarifas de transporte y peajes
• Multas, notarías y trámites legales indexados a la UVB o UVT
Recomendaciones para arrendadores y arrendatarios
El llamado de expertos y autoridades es a que arrendadores y arrendatarios revisen con detalle sus contratos, verifiquen la fecha del último ajuste y confirmen que el incremento no supere el límite legal del 5,10 %. Esto permitirá evitar cobros indebidos, conflictos contractuales y posibles sanciones legales.
